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Firma de convenio

Suscripción facilidades de pago (convenios) a los efectos de regularizar los adeudos que el contribuyente mantiene con el organismo.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes

Requisitos 

Los contribuyentes podrán optar por realizar la firma del convenio en forma autógrafa presencialmente o electrónica.

Previo a gestionar la firma de la facilidad de pago corresponde solicitar asesoramiento. Se deben tener en cuenta, además:

  • Las nóminas y rectificativas por el período a regularizar deben estar presentadas.
  • Las empresas con trámite de clausura pendiente deberán realizarlo de forma previa en Registro de Contribuyentes de ATYR.
  • Los prestadores de servicios personales deberán tener presentadas las declaraciones juradas del período a regularizar.
  • Las sociedades anónimas que no hayan tenido obligación de presentar declaraciones nominadas, deberán justificar el período sin obligaciones.
  • Los contribuyentes con determinaciones tributarias en curso deberán notificarse de la resolución.
  • El trámite puede ser realizado por titular o representante. Cuando lo realice un representante, se requiere que el poder que le otorga la facultad de firmar convenios se encuentre ingresado ante Registro de Contribuyentes de ATYR.

No son convenibles los adeudos correspondientes a: 

  • Honorarios y reintegros de gastos de determinaciones tributarias
  • Reintegros mutuales
  • Timbres profesionales 
  • Timbre Declaración Jurada
  • Multas registrales 
  • Banco de Seguros del Estado
  • Fondo Social de Servicio Doméstico
  • Aportes personales desde 4/2021 en adelante.
  • Honorarios curiales

Nota: el día de la firma de las facilidades de pago, se deberá abonar la primera cuota.

Los contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas de todas las aportaciones deben constituir domicilio electrónico ante BPS y adherirse al sistema de notificaciones ante BPS para efectuar todo tipo de gestiones ante el organismo.

Consultas

A través del servicio Consúltenos, seleccionando el tema Empresarios y el motivo Facilidades de Pago.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

Los contribuyentes que cuenten con firma electrónica avanzada y deseen utilizarla para la firma del convenio deben informarlo a través del servicio Consúltenos, seleccionando el tema Empresarios y el motivo Facilidades de Pago.

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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