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Subsidio especial de inactividad compensada

El subsidio especial por inactividad compensada (SEIC) es una prestación económica para quienes, habiendo quedado sin empleo por causas ajenas a su voluntad, no pueden acceder a la jubilación por falta de edad o servicios.

A quién corresponde

Trabajadores que, habiendo quedado sin empleo por causas ajenas a su voluntad, no pueden acceder a la jubilación por falta de edad o servicios. Deberán cumplir con las condiciones indicadas en Subsidio especial de inactividad compensada.

Requisitos

Para realizar el trámite deberá presentar:

  • Cédula de identidad vigente
  • Si es profesional, constancia de estar al día en el Fondo de solidaridad.
  • Si cuenta con años de trabajo no registrados en BPS, deberá completar la declaración de períodos trabajados:
    • ¿Cómo consulto los años registrados en BPS? Si tiene usuario personal podrá verlo a través del servicio Consultar Vida Laboral.
    • ¿Cómo completo la declaración de períodos trabajados? Video tutorial
    • ¿Dónde puedo presentar la declaración? De forma presencial, solo si cuenta con reserva para el trámite en sucursales del interior del país, sin agenda previa, a partir de los 30 días anteriores a su cita. De forma virtual, en todo el país, si cuenta con usuario personal puede enviarla a través del servicio Declarar períodos trabajados. Si es necesario la declaración podrá ser modificada o firmada el día de su cita presencial.

Consultas

En Montevideo, podrá concurrir a realizar consultas de forma presencial a los locales de Aparicio Saravia, Casavalle y Tres Cruces.

 

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



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