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Si tengo actividad exclusiva de servicios personales y por no alcanzar el mínimo de facturación en el ejercicio, dejé de ser beneficiario ¿cómo completo la declaración jurada?

En caso de que no haya recuperado el beneficio en el transcurso del año, por no alcanzar el mínimo de facturación de 30 BPC, debe informar en la DJ para cada mes los importes facturados sin IVA, siendo el monto imponible de todo el año igual a cero y el seguro de salud “No beneficiario”. Asimismo, la obligación Fonasa también será cero por no existir obligaciones tributarias. 

En caso de que haya recuperado el beneficio en el transcurso del año, por haber alcanzado el mínimo de facturación de 30 BPC, debe establecer en su declaración:

  • los importes efectivamente facturados mes a mes sin IVA,
  • hasta el mes anterior a alcanzar el mínimo el monto imponible será cero; en el mes que llegó al mínimo será la suma acumulada desde enero hasta dicho mes y en los meses siguientes se corresponderá con la facturación mensual.
  • completar los demás campos de la declaración.



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