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23/8/2017
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Comunicado del Directorio del Banco de Previsión Social

Ante la nota de la Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social (ATSS) titulada: “Flexibilización laboral: la reforma de desregulación brasilera ya se aplica en BPS”, el Directorio del Banco de Previsión Social manifiesta lo que sigue:

 

1.- No compartimos las afirmaciones de ATSS y descartamos de plano cualquier asimilación de hecho alguno en el BPS, racionalmente comparable al contenido de la reforma laboral que está en proceso en Brasil.

En el BPS se han respetado y respetan todas las disposiciones vigentes en el país en materia laboral, y en particular el constante y permanente diálogo y negociación con la organización sindical representativa de los trabajadores del instituto.

 

2.- No se puede afirmar que exista forma alguna de “desregulación laboral” para los trabajadores del BPS. Está vigente el Estatuto del Funcionario del BPS, acordado con el sindicato en 2006 y aprobado por Decreto 237/2006. Junto con esto diversas disposiciones determinan todos los aspectos de la relación laboral, condiciones de trabajo, derechos y obligaciones de todos los trabajadores y de la Administración. Actualmente se analiza en forma bipartita un compendio de todas estas disposiciones.

 

3.- Respecto al Art. 75 del Estatuto del Funcionario, relativo al personal de Salud, se destaca que desde su vigencia en 2006, se ha considerado con el sindicato en varias oportunidades, y se ha avanzado pero sin llegar a concretar, entre otras cosas por falta de definiciones de la ATSS. La ausencia de esta reglamentación no obsta a que los trabajadores de la salud del BPS estén plenamente comprendidos por las disposiciones generales y particulares correspondientes.

 

4.- La inapropiada comparación de la ATSS se enmarca en el proceso de implementación de los acuerdos del 26 de abril de 2016, firmado por el MSP-ASSE-BPS y ATSS por el cual, entre otros aspectos, se dispuso el cierre de la maternidad en el Sanatorio Canzani, lo que generaría adecuaciones de los servicios que allí se prestan. La forma de proceder fue considerada en forma bipartita entre abril y octubre de 2016. En particular respecto a los servicios que se prestan en el Sanatorio Canzani se está en vías de completar parte del proceso, restando unas pocas situaciones relacionadas a médicos ginecólogos. Se ha dialogado por meses con la ATSS y con el SAQ (Sindicato de Anestésico Quirúrgicos, que interviene a solicitud de los propios trabajadores involucrados). La última etapa de las mismas se ha llevado a cabo en la DINATRA, donde en estos días se concretó una última reunión, a la que no compareció la ATSS.

Por cierto que lo que el sindicato identifica como “los acuerdos uno a uno”, no es otra cosa que habilitar que los propios trabajadores optaran por una ubicación laboral y los días y horas en que trabajará, de acuerdo a las definiciones del mes de octubre pasado, como se hizo con otros técnicos y profesionales de los servicios prestados en el Canzani, los que ya están laborando en los nuevos destinos. Lejos entonces de desconocer a la organización sindical, o de imponer destinos y horarios a los trabajadores.

 

Esta somera enumeración -que podríamos ampliar con muchos otros ejemplos- muestra a las claras que son falsas las afirmaciones de la ATSS.

 

El Directorio

Montevideo, 23 de agosto de 2017