Buscar un trámite
Ingresar a servicios en línea
Lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h
Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h
Los titulares de servicios personales no profesionales y profesionales con actividad fuera de la relación de dependencia están obligados a presentar la declaración jurada Fonasa.
Comprende a las denuncias, realizadas por personas ajenas a la actividad o situación denunciada, sobre presuntos incumplimientos de las obligaciones tributarias ante BPS.
Un trabajador puede realizar la denuncia ante BPS cuando detecta que su empleador no realizó o no están correctas las declaraciones a su historia laboral, así como cuando verifica diferencias en la declaración de las fechas de comienzo o finalización de la actividad, con el fin de determinar si se trata o no de presuntas irregularidades por parte de la empresa empleadora.
De verificar una retención en el cobro de su prestación por parte de las instituciones habilitadas (Ley 19.210 art. 32), podrá realizar consultas al respecto.
En caso de aplicarse un porcentaje de descuento de Fonasa en demasía se podrá solicitar su devolución. También podrán solicitar reintegros los usuarios a quienes se aplica el descuento y que, en desconocimiento de la situación, hayan abonado su afiliación en forma particular.
El importe de la devolución Fonasa se encuentra en estado retenido por deuda para los beneficiarios con actividad registrada que mantengan adeudos al momento del cálculo de la devolución.
El importe de la devolución Fonasa se encuentra en estado retenido por información incorrecta cuando existe una inconsistencia entre las personas vinculadas para la cobertura médica y el código de seguro de salud declarado en alguna de las actividades, pasividades o subsidios del beneficiario.
El importe de la devolución Fonasa se encuentra en estado retenido por no haber cumplido con la presentación de la declaración jurada Fonasa como titular de servicios personales.
Es una prestación económica para los trabajadores que, según prescripción médica, necesitan realizarse estudios electrofisiológicos cardíacos y ablación, a los efectos de favorecer el reintegro laboral a su tarea habitual o a actividades compatibles con sus capacidades remanentes. Este producto se otorga por única vez.
Corresponde a la instancia médica en la que se evalúa la incapacidad de la persona, a fin de emitir un dictamen médico que podrá derivar en una prestación económica.
Página 5 de 11
Perfiles
Áreas temáticas