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Clausura de empresa extranjera con actividad accidental

Corresponde a la solicitud de clausura de empresa extranjera con actividad accidental en Uruguay.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

Solicitud de clausura en DGI: previo al trámite corresponde iniciar la solicitud de clausura ante DGI a través de sus servicios en línea.

Formularios:

  • Formulario 0355 Cancelación.
  • Formulario 0453 Inutilización de la documentación, con un timbre profesional, detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada junto con copia del documento de identidad de titular o del tercero que realice el trámite.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).

Documentación requerida:

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite desde la web (constancia de inscripción de RUT).
  • Constancia de impresión no utilizada, si corresponde.
  • Adjuntar copias de los documentos de identidad de los firmantes.
  • Certificación notarial estableciendo:
    • Firma y datos personales de los firmantes.
    • Personería y representación.
    • La decisión de clausurar la actividad accidental en Uruguay.
    • La no existencia de activos ni pasivos en Uruguay.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar el comprobante del pago de la multa de DGI.
  • Copia de la constancia de clausura de actividades de la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social, que acredite la no existencia de expedientes en trámite con motivo de incumplimientos de las normas laborales o multas impagas. Se debe tener en cuenta que esta constancia se exigirá únicamente ante la clausura total del contribuyente.

Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación (en caso de que se trate del contribuyente fiduciario), deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Nota: contribuyentes rurales ver trámite baja de padrones rurales.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Clausura contribuyente común BPS-DGI. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.

El costo del timbre profesional será incluido en la cuenta de la empresa. Podrá solicitar la factura desde el servicio en línea Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes. Si corresponde adjuntar el formulario 0453, el timbre debe estar estampado en el formulario.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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