Corresponde a las modificaciones de titulares que se efectúan en sociedades personales con contrato por disolución y liquidación de sociedad conyugal.
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Formularios:
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).
Documentación requerida:
Los representantes que no tienen restricciones en su actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
Nota: se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de corresponder).
El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.
Nota: por esta vía, solo se debe enviar una copia de los formularios que correspondan, sin adjuntar timbre profesional. El costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones.
Por favor, califique el contenido.