Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Modificación de titulares de sociedad de hecho rural (por fallecimiento)

Corresponde al cambio de titulares de una sociedad hecho por fallecimiento de alguno de sus socios titulares de inmuebles rurales.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de modificación. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

Formularios:

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).

Documentación requerida:

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite desde la web (constancia de inscripción de RUT).
  • Copia de documento de identidad de los titulares.
  • Certificación notarial estableciendo:
    • Firmas de los presuntos herederos que ingresan y cónyuge en caso de inmueble de naturaleza ganancial.
    • Datos individuales de los titulares o socios que ingresan:
      • Nombre, debiendo certificarse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de identidad.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal.
      • Domicilio particular.
      • Detallar fecha de fallecimiento y quienes son los presuntos únicos herederos.
      • Domicilio fiscal de la sucesión.
      • Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar el comprobante del pago de la multa de DGI.

Los socios o los representantes de estas empresas que no tienen restricciones en la forma de actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Nota: se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de  corresponder).

Sucesiones:

En caso de fallecimiento de un titular, el ingreso de los presuntos herederos implicará simultáneamente la registración de la sucesión como tal ante DGI con los siguientes formularios:

Modalidad y lugar en la que se realiza el trámite

En línea

  • Los cambios de integrantes se gestionan a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI.
  • Cuando el cambio de integrantes implica la modificación de todos los integrantes del contribuyente con representación se gestiona a través de Solicitar trámite registral

El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.

Nota: por esta vía, solo se debe enviar una copia de los formularios que correspondan, sin adjuntar timbre profesional. El costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



¿Cuán útil le resultó esta información?