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Modificación de titulares de sociedad de hecho rural (por fallecimiento)

Esta gestión se realiza para declarar el cambio de titulares de una sociedad hecho con padrones rurales propios, por fallecimiento de alguno de sus socios.

A quién corresponde

Contribuyentes sociedades de hecho.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Se debe tener presente que este trámite genera sanciones por su presentación fuera de plazo. 

Requisitos

  • Formulario 0352 Personas físicas vinculadas o formulario 0353 Personas jurídicas vinculadas que indique las altas, bajas o permanencias de integrantes físicos o jurídicos.
  • Formulario 0351 Inscripción y actualización en caso de modificar la denominación.
  • Formulario R- 500 (ver instructivo).
  • Anexo R - 500 padrones rurales, si corresponde.
  • Certificación notarial donde se establezca:
    • Firmas y datos de los presuntos herederos que ingresan y cónyuge en caso de inmueble de naturaleza ganancial: nombre completo (debiendo certificar si no tiene segundo apellido), documento de identidad, estado civil, nacionalidad, capacidad legal y domicilio particular.
    • Detallar fecha de fallecimiento y quienes son los presuntos únicos herederos.
    • Domicilio fiscal de la sucesión.
    • Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de su personería, representación y domicilio fiscal.
A tener en cuenta: 
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
  • Los socios o los representantes que no tienen restricciones en la forma de actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Sucesiones:

En caso de fallecimiento de un titular, el ingreso de los presuntos herederos implica, simultáneamente, la registración de la sucesión como tal ante DGI con los formularios:

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

  • A través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. 
  • Cuando se modifica la totalidad de los integrantes con representación y no se cuenta con usuarios habilitados para acceder al servicio, los nuevos integrantes deberán iniciar el trámite a través de Solicitar trámite registral. En este caso DGI podrá requerir confirmar la transacción de manera presencial.
Este trámite genera el costo de un timbre profesional que será incluido en la cuenta de la empresa. Podrá solicitar la factura desde Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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