Corresponde al cambio de titulares de una sociedad hecho por fallecimiento de alguno de sus socios titulares de inmuebles rurales.
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de modificación. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Formularios:
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).
Documentación requerida:
Los socios o los representantes de estas empresas que no tienen restricciones en la forma de actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
Nota: se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de corresponder).
Sucesiones:
En caso de fallecimiento de un titular, el ingreso de los presuntos herederos implicará simultáneamente la registración de la sucesión como tal ante DGI con los siguientes formularios:
El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.
Nota: por esta vía, solo se debe enviar una copia de los formularios que correspondan, sin adjuntar timbre profesional. El costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones.
Por favor, califique el contenido.