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Consultas o descargos de determinaciones tributarias

Se pueden presentar descargos en un trámite de fiscalización tributaria en el plazo de 15 días hábiles posteriores (según el art. 49 código tributario) a la vista de las actuaciones al interesado.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Requisitos

La gestión puede ser realizada por el titular de la empresa, su representante o apoderado debidamente inscripto en el Registro de Representantes de ATYR. Asimismo, están habilitados los profesionales abogados debidamente autorizados en el respectivo expediente.

Previo a la presentación de descargos, es necesario verificar que el expediente se encuentre en alguna de las unidades de Fiscalización a través del servicio en línea Consulta de expedientes.

Se debe presentar nota con las formalidades para los descargos sobre actuaciones de Fiscalización, que contenga:

  • Datos de la empresa: denominación, número de registro de empresa, número de contribuyente (RUT, CI o ATYR), domicilio constituido, teléfono (celular y fijo si existiera), nombre de la persona de contacto y correo electrónico.
  • Identificación de las actuaciones de Fiscalización sobre las que se presentan descargos, a través del número de actuación o número de expediente.
  • Descripción de los agravios: detalle de los aspectos, hechos o conclusiones con las que se consideran en desacuerdo.
  • Pruebas: todo medio con el que se pretende dejar constancia de la veracidad de los hechos afirmados.
  • Copia de documento de identificación de los firmantes: cédula de identidad o pasaporte.

Notas:

Los titulares de empresas deben delegar permisos a través del servicio Delegación de permisos y empresas titulares, a los efectos de que profesionales autorizados debidamente en el expediente en curso pueden realizar la gestión.

En caso de que el escrito presentado sea firmado por un profesional, debe escanearse con el timbre profesional estampado. 

Los contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas de todas las aportaciones deben constituir domicilio electrónico ante BPS y adherirse al sistema de notificaciones para efectuar todo tipo de gestiones ante el organismo.  

Además, puede constituir domicilio especial para las actuaciones a las que se refiere al descargo presentado, contactándose a vistaynotificacionmontevideo@bps.gub.uy.

En caso de considerarlo pertinente, puede anexar la documentación relativa al planteamiento realizado.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Presentación de descargos. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.

Nota: las consultas sobre esta modalidad se canalizan a través de vistaynotificacionmontevideo@bps.gub.uy

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    2400 0151

    De lunes a viernes de 9.15 a 16 h, consultas de empresas sobre desempleo:

    2472 y 2627



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