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Pensión por vejez

Es una prestación no contributiva que se abona mensualmente a personas mayores de 70 años con carencia de recursos o mayores de 65 años que acrediten un mínimo de 7 años de dedicación al cuidado directo y no remunerado de hijos, padres, nietos o hermanos. En ambos casos se otorga siempre que no configuren causal jubilatoria en BPS ni en ningún otro organismo previsional.

A quién corresponde

Habitantes del país con al menos 10 años de residencia en el país en los últimos 20 años, que carezca de recursos para hacer frente a sus necesidades vitales. Podrán tener derecho a esta pensión, uruguayos que residan en Argentina o Brasil a no más de 5 km de la frontera.

Quienes antes de cumplir 70 años de edad hayan estado amparados al Programa Asistencia a la Vejez gestionado por el Ministerio de Desarrollo Social y mantengan las condiciones que le permitieron acceder a ese beneficio, al cumplir 70 años accederán en forma automática a la prestación Pensión vejez.

Personas mayores de 65 años que acrediten un mínimo de 7 años de dedicación al cuidado directo y no remunerado de hijos, padres, nietos o hermanos.

Requisitos

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado.
  • De presentarse un apoderado, deberá traer la cédula de identidad de la persona titular (vigente y en buen estado) y deberá estar registrado como tal previo a realizar cualquier trámite. Puede ver más información en Poderes y otras representaciones.
  • Pasaporte y documento extranjero, de contar con ellos.
  • Declaración de períodos trabajados por el solicitante. Podrá consultar los períodos registrados en BPS, ingresando con su usuario personal, a través del servicio en línea Consultar vida laboral
  • Cuando la solicitud es realizada por mayores de 65 años que hayan dedicado un mínimo de 7 años de dedicación al cuidado directo y no remunerado de padres, nietos o hermanos, se debe presentar, además, nómina de testigos.  

Documentación a presentar por ingresos adicionales

Si el solicitante o sus familiares obligados perciben otros ingresos, se debe presentar, según el caso:

A tener en cuenta:

Todos los vínculos con los familiares obligados deben estar registrados ante BPS. Puede verificarlos accediendo con su usuario personal BPS a Mi información. En caso de detectar que falta algún registro debe realizar el trámite según se detalla en Ingreso y modificación de vínculos familiares.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial




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