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Regularización de obra privada

Comprende a la inscripción de actividades de construcción que haya desarrollado cualquier persona física o jurídica, no registrada en tiempo y forma. Comprende tanto obras nuevas como reformas, ampliaciones o demoliciones con una antigüedad de hasta 10 años civiles.

Requisitos

Se distinguen los requisitos y el canal para realizar el trámite según las siguientes casuísticas:

  • Los titulares de unipersonales y socios de sociedades de hecho, apoderados, representantes de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación por el servicio Inscribir obras de construcción.
  • Cuando existe representación conjunta o restricciones, a través del servicio Solicitar trámite registral.

 

  • Por el servicio Inscribir obras de construcción, se completan los datos sin adjuntar el formulario F1 y el costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones. A través del servicio Solicitar trámite registral, adjuntar el formulario F1- Registro de obra privada, con un timbre profesional y firma del titular de la obra. Cuando la inscripción requiera adjuntar planos se requiere firma técnica. 
  • Por el servicio Inscribir obras de construcción, se completan los datos sin adjuntar el formulario F9 y el costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones. A través del servicio Solicitar trámite registral, adjuntar el formulario F9- Cambio de estado de obra, con un timbre profesional y firmado por el titular de la obra.
  • Se adjunta un detalle de las características constructivas o formulario F3- Memoria descriptiva, con un timbre profesional. En caso de regularizaciones con más de un período de obra se presentará una memoria por cada período. Ver datos a incorporar en la memoria descriptiva.
  • F4- Minuta notarial, certificación del escribano de titularidad y datos del inmueble. Debe estar fechada, con firma de titular y del escribano actuante.
  • Formulario F5- Autorización del propietario con certificación notarial de firmas. Debe presentarse cuando el titular de la obra es un tercero que carece de derechos reales sobre el inmueble (ej.: arrendatarios, comodatarios, ocupantes precarios), otorgándole el titular consentimiento para realizar la obra.
  • Planos: del trabajo de obra y de fraccionamiento para inmuebles en propiedad horizontal (PH). Se requiere cuando la obra implica modificación de la estructura del inmueble (obra nueva, ampliación, demolición, reforma que modifica estructura), en formato PDF con dos cortes (transversal y longitudinal), fachadas, planta y ubicación. Ver formalidades para la presentación de planos
  • En caso de inmuebles en PH se solicitará el plano de fraccionamiento escaneado, no se admiten los planos que surgen del sitio web de Topografía.
  • Formulario F6- Declaración jurada del técnico de autenticidad de los planos, con timbre profesional. Deberá estar firmado por titular de la obra y técnico. Puede sustituirse el plano y la declaración jurada del técnico por un relevamiento integral.
  • Formulario F7 - Consentimiento de los condóminos, únicamente si la titular es una sociedad de hecho y el trámite lo realiza uno de los integrantes, corresponde adjuntar el formulario solo por el servicio Inscribir obras de construcción.

Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Aspectos a tener en cuenta

Además de los requisitos señalados se deben considerar los siguientes aspectos:

Requisitos generales

  • Los formularios deben ser firmados por el titular, representante o apoderado, y el técnico actuante de corresponder. No se admiten enmiendas, interlineados, ni tachados que no estén debidamente salvados por el titular.
  • Se requiere copia del documento de identidad de todos los firmantes (titulares o representantes, y técnicos). 
  • De tratarse de titulares del inmueble o la obra residentes en el exterior, que hayan contado con documento de identidad uruguayo (vencido), deberán certificar el documento de identidad del país de origen, su residencia en ese país y la correspondencia con el número de documento de identidad uruguayo. 
  • La documentación debe mantenerse como resguardo del trámite realizado, pudiendo el BPS solicitarla en cualquier momento.

Inscripción en otros organismos o instituciones

Ante determinadas situaciones corresponde la inscripción ante DGI (IVA por agregación de valor en los inmuebles). Más información en www.dgi.gub.uy

Situación del inmueble a la fecha de realización de los trabajos.

En virtud del derecho real establecido por el Decreto Ley 14.411, los trabajos a inscribir deben asociarse al inmueble en el que se realizaron. Por tanto, para padrones que fueron fusionados, fraccionados, o incorporados a Propiedad Horizontal deberá realizarse la regularización del padrón que se encontraba vigente en ese momento.

Poderes

En caso de actuar por poder deberá presentarse:

  • De tratarse de un poder exclusivo para BPS, debe presentarse el original con certificación de firmas, o un testimonio notarial por exhibición.
  • De tratarse de un poder de otra clase, debe presentarse testimonio notarial por exhibición del mismo, con destino BPS. 
  • Para poderes provenientes del exterior, debe presentarse un testimonio por exhibición del primer testimonio de protocolización.
  • Se sugiere la lectura de la Guía de Buenas prácticas de Registro de Representantes para casos más complejos.

Obras por contrato y nóminas

De corresponder pueden presentarse nóminas previo a la fiscalización del inmueble, incluso vinculando contratistas a través del servicio Inicio trámite web ATyR desde el punto Modificación de obras.

Fiscalización de la obra

Las oficinas fiscalizadoras de cada departamento, se contactarán, en caso de ser necesaria la concurrencia al inmueble.

Para actualizar sus datos de contacto ingresar en Gestión de contactos de contribuyente.

En caso de requerirse la fiscalización podrá exigirse documentación adicional a la aportada en el registro.

Los contribuyentes pueden verificar si la determinación tributaria fue realizada a través de Consulta aportes empresa.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

  • A través del servicio Inscribir obras de construcción. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.
  • Solicitar trámite registral, seleccionando el tema Obras, motivo Otras gestiones de obras, para las inscripciones no contempladas en el servicio anterior, como cuando existe representación conjunta o con restricciones.


Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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