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Lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h
Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h
Comprende a sucesiones de titulares de padrones rurales destinados a autoconsumo, sin explotación y actividades recreativas.
Empresas contribuyentes.
La inscripción se debe realizar dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de fallecimiento. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Notas: si no pudiera o no accediera a firmar alguno de los herederos deberá constar ese hecho en el certificado notarial. No se admite este caso cuando se trate de un registro de padrones sin explotación.
Si el o los inmuebles pasaran a tener explotación o fueran explotados por terceros (ej.: arrendamiento), se deberá tener en cuenta lo establecido en instructivo Inscripción de empresas rurales (común BPS-DGI).
Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas que no tienen restricciones en la forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
A través del servicio Solicitar trámite registral, seleccionando el tema Registro de contribuyentes exclusivo y el motivo que corresponda.
A tener en cuenta: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones.
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