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Lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h
Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h
Esta gestión se realiza con el objetivo de subsanar las observaciones detectadas ante la solicitud de un certificado especial, las que refieren exclusivamente a la presentación de documentación.
Empresas contribuyentes.
Las observaciones que refieran a la presentación de declaración jurada de no obra, certificados notariales o certificados de existencia de obras, se podrán levantar a través de este trámite.
Las observaciones de otro tipo, que involucren una gestión por parte del contribuyente (pagos, modificaciones registrales, etc.), se procesan automáticamente en un plazo de 48 h una vez subsanadas, por lo que no requieren comunicación al respecto.
Presencial:
A través del servicio Solicitud y descarga de certificados. Si los documentos remitidos a través del servicio no cuentan con firma electrónica, será contactado en caso que se requiera la presentación de los documentos originales.
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De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.
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