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Modificación de titulares de sociedades personales con contrato (por fallecimiento)

Corresponde a las modificaciones de titulares que se efectúan en sociedades personales con contrato por fallecimiento de alguno de sus socios.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

Formularios

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).

Documentación requerida

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite desde la web (constancia de inscripción de RUT).
  • Copia del documento de identidad de los titulares.
  • Certificación notarial estableciendo:
    • Con pacto de continuación previsto en contrato:
      • Firmas de los administradores y los presuntos herederos o cónyuge que ingresan.
      • Datos individuales de los titulares o socios que ingresan:
        • Nombre, debiendo certificarse si no tiene segundo apellido.
        • Documento de identidad (tipo, país de origen y número).
        • Fecha de nacimiento.
        • Estado civil.
        • Nacionalidad.
        • Mayoría de edad.
        • Domicilio particular
      • Detallar fecha de fallecimiento y quienes son los únicos presuntos herederos.
      • Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
      • Administración y representación.
      • Pacto de continuación de los herederos o del cónyuge del socio fallecido, según contrato social.
      • Establecer que son los únicos titulares o socios.
    • Sin pacto de continuación:
      • Firmas de los administradores.
      • Datos individuales de los titulares o socios que ingresan:
        • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
        • Documento de identidad (tipo, país de origen y número).
        • Estado civil.
        • Nacionalidad.
        • Mayoría de edad.
        • Domicilio particular.
      • Administración y representación.
      • Establecer que son los únicos titulares o socios.
      • La no existencia de pacto de continuación.
      • Detallar fecha de fallecimiento.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar el comprobante del pago de la multa de DGI.

Los representantes que no tienen restricciones en su actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Notas:

  • En caso de proceder el art. 232 de la Ley 16.060 remitirse al instructivo de Modificaciones de titulares de sociedades personales con contrato.
  • En caso de fallecimiento del único representante, establecer en el certificado notarial que la representación es indistinta mientras no se realice modificación del contrato (art. 200 de la Ley 16.060).
  • Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de corresponder).

Modalidad y lugar en la que se realiza el trámite

En línea

  • Los cambios de integrantes se gestionan a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI.
  • Cuando el cambio de integrantes implica la modificación de todos los integrantes del contribuyente con representación se gestiona a través de Solicitar trámite registral

El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.

Nota: por esta vía, solo se debe enviar una copia de los formularios que correspondan, sin adjuntar timbre profesional. El costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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