Corresponde a las cesiones de cuotas que se efectúan en sociedades personales con contrato.
Plazo
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Requisitos
Formularios:
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).
Documentación requerida:
- Formulario 6351 o 6951 si se emite desde la web (constancia de inscripción de RUT).
- Copia de documento de identidad de los titulares.
- Certificación notarial estableciendo:
- Firmas de los socios que ingresan y del administrador.
- Datos individuales de los titulares o socios que ingresan:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de identidad (tipo, país de origen y número).
- Fecha de nacimiento.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Mayoría de edad.
- Domicilio particular.
- Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de la personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
- Establecer que son los únicos titulares o socios.
- Administración y representación. En caso de persona jurídica administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará (art. 82 Ley 16.060).
- Fecha de la modificación, efectuando el control del documento privado con firmas certificadas o escritura pública donde se establece el cambio.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Los representantes que no tienen restricciones en su actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
Nota: se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de corresponder).
Modalidad y lugar en la que se realiza el trámite
En línea
El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.
Nota: por esta vía, solo se debe enviar una copia de los formularios que correspondan, sin adjuntar timbre profesional. El costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones.
Por favor, califique el contenido.