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Clausura de sociedades personales con contrato

Esta gestión se realiza para declarar la disolución y liquidación de sociedades personales con contrato.

A quién corresponde

Contribuyentes sociedades personales con contrato.

De no cumplirse estas condiciones, ingrese a Clausurar empresas.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura. Se debe tener presente que este trámite genera sanciones por su presentación fuera de plazo.

Requisitos

  • Constancia de aceptación de solicitud de clausura en DGI: se gestiona a través de servicios en línea (seleccionar en Registro único Tributario – Solicitud de clausura). 
  • Formulario 0355 Cancelación. Debe ingresar la fecha de clausura en el espacio destinado a vigencia del acto.
  • Si solicitó la emisión de comprobantes fiscales no electrónicos, debe adjuntar formulario 0453 con timbre profesional. Si se encuentra adherido al sistema de facturación electrónica de DGI, corresponde reportar todos los comprobantes fiscales electrónicos en forma previa.
  • De corresponder, realizar en forma previa la solicitud de anulación de constancia de impresión, denuncia por extravío o el levantamiento de inhibición ante DGI.
Los formularios deben incluir firma autógrafa o electrónica avanzada del representante registrado.
 
Documentación requerida:
  • Original o testimonio notarial del acta de disolución y liquidación de la sociedad con certificación de firmas.
  • El acta original o el testimonio notarial podrá ser sustituido por certificación notarial, donde el escribano establezca: 
    • Fecha del acta de disolución y liquidación con firmas certificadas, con indicación de la no existencia de activos ni pasivos en la sociedad, de existir al momento de la disolución establecer cómo se adjudica.
    • Concurrencia de todos los socios a la liquidación estableciendo nombre y documento de identidad.
    • Consigne en el certificado el haber efectuado todos los controles anteriormente establecidos.
 
A tener en cuenta:

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través de Iniciar solicitudes de trámite de ATYR, seleccionar el trámite Clausura contribuyente común BPS-DGI.

Este trámite genera el costo de un timbre profesional que será incluido en la cuenta de la empresa. Podrá solicitar la factura desde el servicio Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes.


Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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