Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Inscripción de sociedades de hecho

Es una inscripción realizada en forma asociativa entre dos o más personas físicas o jurídicas no necesariamente documentado por escrito.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Plazo

En línea: dentro del mes en curso de inicio de actividades.

Presencial: la inscripción se realiza con carácter previo (dentro de los 10 días anteriores al inicio) y hasta el inicio de actividades.

Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

Presencial

Formularios

Documentación requerida:

  • Dos copias del documento de identidad de los socios que no concurran; si asistieran, alcanza con mostrar su documento vigente y una copia.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar una copia de su documento de identidad.
  • Certificación notarial y dos copias simples estableciendo:
    • Firmas de todos los socios.
    • Datos de los socios:
      • Nombres y apellidos completos (debiendo establecerse si no tiene segundo apellido).
      • Documento de identidad.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal.
      • Domicilio particular. Si no lo tuviera, deber establecer un domicilio en el país.
    • Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Cabe aclarar que este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
    • En caso de estar integrada la sociedad por personas jurídicas, control de la personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
  • Si los integrantes son personas físicas el certificado notarial podrá ser sustituido por factura reciente (no más de 60 días) de empresas públicas (UTE, Antel, OSE) original y dos copias, a nombre de uno de los integrantes.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar o presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.

En línea: 

Toda la información necesaria para el registro se completa en línea, por lo que no se requiere presentar documentación. 

Los socios o los representantes de estas empresas que no tienen restricciones en la forma de actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Nota:

  • Si declara actividad agropecuaria, vea el trámite Inscripción de empresas rurales (común BPS-DGI).
  • Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
  • Inscripciones retroactivas: las solicitudes de inscripción de Industria y Comercio, cuya fecha de inicio de actividad sea anterior a 90 días corridos, deben realizarse mediante una petición, que se gestiona en Mesa de Entrada de Montevideo o en sucursales y agencias del interior del país. Para ello, se debe presentar una nota (ver formalidades) acompañada de los requisitos de inscripción y de todos los elementos probatorios que sustenten el reconocimiento de la actividad patronal desarrollada.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Inscribir empresa, habilitado para pequeña empresa y régimen general y que no cuenten con registro previo en BPS. El costo del timbre profesional será incluido en la cuenta de la empresa de BPS.

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



¿Cuán útil le resultó esta información?