Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Inscripción de agrupaciones políticas

Inscripción de contribuyente y empresa: partidos políticos o sectores internos de partidos políticos.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Plazo

La inscripción se realiza hasta el día de ingreso del personal dependiente. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

Documentación requerida:

  • Dos copias de documento de identidad de los representantes que no concurran; si asistieran, alcanza con mostrar su documento vigente y una copia.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar una copia de su documento de identidad.
  • Original y copia de estatuto otorgado en escritura pública o documento privado protocolizado o testimonio por exhibición y copia.*
  • Copia simple de los estatutos.
  • Certificación notarial y dos copias estableciendo:
    • Firma de todos los representantes.
    • Datos individuales de los representantes que ingresan:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de identidad.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal.
      • Domicilio particular.
    • Control de la personería jurídica y de la habilitación del Ministerio de Educación y Cultura, si corresponde.
    • Representación y administración.
    • Fecha de constitución y fecha de aprobación de los estatutos.
    • Domicilio constituido.
    • Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad. 
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar o presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.

Notas:

  • * Para la inscripción de un sector o agrupación interna de un partido político: fecha del acta de constitución, fecha y número de circular emitida por la Corte Electoral en la que conste la autorización dada por el partido político a esa agrupación, para el uso del lema y sub lema correspondiente.
  • Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
  • La exoneración conforme a la Ley 19.004 se ingresa simultáneamente con la inscripción de la agrupación política.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



¿Cuán útil le resultó esta información?