Corresponde a la inscripción de obras privadas por administración directa menores a 30 jornales en términos de medio oficial albañil, es decir aquellas donde el titular, persona física o jurídica, es quién administra y contrata directamente al personal que trabaja en la obra. Únicamente comprende reformas que no modifiquen la estructura del inmueble (pinturas, revestimientos y pavimentos, cambios de aberturas o cubiertas sin modificación de superficie afectada, etc.).
La inscripción puede realizarse desde 10 días antes y hasta 48 horas hábiles de iniciada la obra.
La protección de los trabajadores por BPS y BSE rige desde que son declarados ante Gestión de afiliaciones (GAFI).
Se distinguen los requisitos y el canal para realizar el trámite según las siguientes casuísticas:
A través del servicio Inscribir obras de construcción:
A través de Solicitar trámite registral se debe escanear y adjuntar:
Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
Además de los requisitos señalados, debe considerar los siguientes aspectos:
a) Requisitos generales:
Los formularios deben ser firmados por el titular o representante legal y el técnico actuante de corresponder. No se admiten enmiendas, interlineados, ni tachados que no estén debidamente salvados por el titular.
La documentación debe mantenerse como resguardo del trámite realizado.
b) Inscripción en otros organismos o instituciones:
Corresponde registrar ante DGI las obras por administración, a los efectos de contemplar el IVA por agregación de valor en los inmuebles. Más información en www.dgi.gub.uy.
Asimismo, requieren inscripción en Focer (Fondo de cesantía y retiro de la construcción), debiendo declarar al personal ocupado. Más información en www.focer.org.uy.
c) Guía de obligaciones posteriores a la inscripción: a fin de cumplir con las obligaciones posteriores ver Guía construcción.
Por favor, califique el contenido.