Inscripción de consorcio - Exclusivo BPS
Corresponde a la inscripción de consorcios (Ley 16.060 art. 501) siempre que no sean contribuyentes de DGI.
A quién corresponde
Empresas contribuyentes.
Plazo
La inscripción deberá realizarse dentro de las 24 h siguientes a la firma del contrato o en el inicio de actividades. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Requisitos
- Formulario Solicitud de inscripción y modificación de contribuyentes REC. 211, con un timbre profesional.
- Original y copias del contrato otorgado en escritura pública o documento privado protocolizado o testimonio por exhibición y una fotocopia.
- Original y copia del formulario 6351 (tarjeta de RUT) de los integrantes.
- Copia del documento de identidad de los integrantes (personas físicas) o representantes de los integrantes (personas jurídicas).
- Inactividad del consorcio desde la fecha del contrato a la fecha de inicio, si corresponde.
Los titulares de empresas unipersonales y sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su actuación (en caso de que alguno de los integrantes tenga una de estas naturalezas jurídicas), deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
Nota: todos los documentos de identidad deben estar vigentes al momento de su presentación.
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).
Modalidad y lugar donde se realiza el trámite
En línea
A través del servicio Solicitar trámite registral, seleccionando el tema Registro de contribuyentes exclusivo y el motivo que corresponda.
Por favor, califique el contenido.