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Lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h
Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h
Esta gestión se realiza para declarar el cese temporal de actividad.
Contribuyente unipersonal de servicios personales (profesionales o no profesionales).
En caso que corresponda, el profesional debe certificar:
De no poder acreditar mediante certificado, debe presentar acta notarial de declaración (artículo 203 del Reglamento Notarial) protocolizada, en la que tres testigos declaren el período de inactividad y que no se realizó actividad gravada.
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