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Clausura de personal de embajada y organismos internacionales

Esta gestión se realiza para declarar el cese definitivo de actividades.

A quién corresponde

Personal de embajada, consulados, representaciones diplomáticas u organismos internacionales registrados como contribuyentes unipersonales.

De no cumplirse estas condiciones, ingrese a Clausurar empresas.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada del titular o representante registrado. Cuando el trámite lo ingresa una tercera persona con permisos delegados debe adjuntar frente y dorso del documento de identidad de quien firma el formulario.

A tener en cuenta:
Los titulares de empresas unipersonales, así como los representantes que no tienen restricciones en la forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Consultas

Las consultas se canalizan a través del servicio Consúltenos, seleccionando el tema Empresarios y el motivo Registro -Trámites Exclusivos.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Clausura contribuyente exclusivo BPS.


Este trámite genera el costo de un timbre profesional que será incluido en la cuenta de la empresa. Podrá solicitar la factura desde el servicio Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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