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Cambio de aportación no dependiente

Comprende las situaciones en la que un trabajador no dependiente con actividad patronal en más de una empresa (de Industria y comercio: unipersonal, sociedad de hecho o sociedad personal con contrato, SAS: representante legal o administrador) debe modificar vínculos funcionales y sueldos fictos para indicar por cual empresa realizará sus aportes. En estos casos, la aportación del trabajador no dependiente debe realizarse por la empresa en la que se verifique el mayor monto imponible (remuneración real, máximo salario de dependientes o sueldo ficto).

A quién corresponde

Trabajador no dependiente con actividad patronal en más de una empresa.

Plazo

Se debe realizar dentro del mes de modificación, teniendo plazo hasta el vencimiento de la nómina (del mes cargo en que opera la modificación). Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

Nota: todos los documentos de identidad deben estar vigentes al momento de su presentación.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Cambio de aportación. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.

A tener en cuenta: el costo del timbre profesional será incluido en la próxima factura de obligaciones.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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