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Guía de afiliación

A los efectos de declarar la actividad de un trabajador doméstico, es necesario que quien contrate esté registrado ante BPS en calidad de empleador.

Una vez registrado el empleador, la afiliación permanece aún en los períodos que no se ocupe trabajadores, por lo que no corresponde efectuar la clausura del registro.

Para inscribir un trabajador resulta necesario proporcionar la información relativa a la relación laboral: nombre, documento, fecha de ingreso, tipo de remuneración, jornales al mes, horas semanales, sueldo nominal, nocturnidad, etc..

Se facilita una guía de apoyo con detalle de las obligaciones que se adquieren en forma posterior a la inscripción.

Se debe tener en cuenta que, ante el fallecimiento del titular del servicio doméstico, solo corresponde realizar una gestión si éste tenía trabajadores registrados. En este caso, un familiar cercano deberá informar el egreso a la fecha de fallecimiento por causal término de contrato o despido, según corresponda. Para ello, se debe enviar a Serviciodomesticomodificaciones@bps.gub.uy el formulario de Baja trabajador doméstico con firma y copia del documento de identidad del familiar que gestiona la baja. Cuando el trabajador continúa con actividad, deberá darle de alta el nuevo empleador.

Si al fallecimiento no había trabajadores registrados para ese titular, BPS realiza la clausura de oficio por lo que no se requiere gestión alguna por parte de sucesores.