Facturación y pago
BPS calcula las obligaciones mensuales con base en la información de jornales y salarios declarada por el empleador. La factura generada se remite al correo electrónico o domicilio postal para el pago de los aportes correspondientes a la actividad de los trabajadores.
Asimismo, la factura puede descargarse:
- Si cuenta con usuario personal BPS, mediante el servicio Trabajo Doméstico: inscribir trabajadores y modificar datos o la aplicación móvil BPS Trabajo Doméstico.
- Si no cuenta con usuario personal BPS, por medio del servicio Emitir facturas de empresas sin dependientes y Trabajo Doméstico.
Se dispone de diversos medios para efectuar el pago, siempre que la factura esté vigente:
- Por internet, a través del servicio Pagar facturas por número de referencia, al que se puede acceder sin necesidad de estar registrado.
- Por red de cobranza externa en (ver locales):
- Abitab o Redpagos, con número de referencia, número de empresa o factura impresa.
- Supermercados El Dorado, con la factura impresa o número de referencia.
- En el edificio Nuevo, Colonia 1921, Montevideo.
- Por débito bancario, a través de las instituciones adheridas Itaú y Scotiabank.
- A través de la aplicación móvil BPS Trabajo Doméstico.
La factura vencida, pero dentro del mes de su vencimiento, se puede pagar en Abitab o Redpagos indicando el número de empresa.
Asimismo, se pueden utilizar los mismos medios de pago si se genera una nueva factura a través de:
- Servicio Emitir facturas de empresas sin dependientes y Trabajo Doméstico.
- Desde el usuario personal BPS ingresando a:
- Mi Servicio Doméstico.
- Servicio Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes mediante la opción Solicitar factura o declaración jurada de no pago.
Se señala que, si no se abona la factura la deuda generada se incluirá, con las multas y recargos que correspondan, en la factura del mes siguiente junto con los respectivos aportes del mes.
En los casos que no se registren pagos durante tres meses consecutivos, BPS deja de emitir las facturas hasta que se regularice la situación
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de las obligaciones por parte del empleador genera las sanciones que se detallan a continuación.
- Multa y recargo por mora: el atraso en el pago ocasiona una multa, cuyo porcentaje está fijado en forma diferencial, según el lapso transcurrido hasta la cancelación. Los recargos son capitalizables cuatrimestralmente y se aplican sobre el tributo impago (ver beneficios para buenos pagadores).
- Multa GAFI por comunicaciones tardías de altas y bajas: 1 UR por cada trabajador.
- Multa por reintegros mutuales: se genera cuando el beneficio de la cobertura médica se otorgó en forma indebida y equivale al importe que BPS abonó al prestador de salud.
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