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Se informan a continuación los principales aspectos relacionados con el incremento salarial para el sector Servicio Doméstico vigente desde enero/2016, establecido por convenio colectivo del sector según acta de fecha 19/04/2016.
Para calcular el aumento salarial que le corresponde al trabajador se distinguen dos situaciones:
a) Trabajadores mensualesEl cálculo surge de aplicar al sueldo nominal del mes de Diciembre/2015, el porcentaje respectivo o el mínimo, de acuerdo con la siguiente tabla para trabajadores que cumplen 44 horas semanales:
(*) Salario Mínimo del sectorEn aquellos casos que el trabajador no complete el total de la carga horaria, se deberá realizar la equivalencia de su remuneración a 44 horas semanales, para determinar el aumento según la tabla precedente.
b) Trabajadores jornaleros o por horaEl cálculo surge de aplicar al valor hora del mes de Diciembre/2015, el porcentaje respectivo o el mínimo, de acuerdo con la siguiente tabla:
(*) Valor mínimo por hora del sectorEl valor hora mínimo surge de dividir $13.206,78 entre 4,32 semanas en el mes y 44 horas semanales, resultando un valor de $69,48.
4. Prima por Antigüedad
A los efectos de determinar el importe a pagar por concepto de prima por antigüedad desde Enero/2016, corresponde aplicar los siguientes porcentajes, dependiendo de la fecha de ingreso del trabajador:
5. Facturación
A partir de la información que consta en nuestros sistemas se procederá en forma automática a realizar tanto el aumento de laudos como el cálculo de la prima por antigüedad en función de la fecha de ingreso del trabajador, sin perjuicio de lo cual corresponde al empleador verificar los importes resultantes e informar en caso de inconsistencias a través del 0800 2001 Opción 2.
Por consultas en general comunicarse con Asistencia al Contribuyente a través del teléfono 0800 2001 Opción 1.
6. Otras consideraciones
Se mantienen vigentes todos los beneficios establecidos en convenios anteriores como ser: prima por presentismo, día del trabajador doméstico, licencias especiales, compensación por nocturnidad, etc.
Asimismo se incorporan nuevos beneficios para los trabajadores del sector como ser:
7. Pago de aportes por retroactividad
Los aportes sobre las diferencias salariales correspondiente a la retroactividad, por los meses de enero, febrero y marzo de 2016, se incluirán en las facturas conjuntamente con las obligaciones de los meses de abril, mayo y junio de 2016.
Es decir la factura de BPS contendrá, respecto del salario y la retroactividad, las siguientes obligaciones:
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