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Mediante esta funcionalidad, los titulares y representantes de empleadores de trabajo doméstico y de empresas sin dependientes (unipersonales, sociedades de hecho y sociedades personales con contrato) pueden emitir la factura correspondiente a sus obligaciones mensuales.
Declaración jurada anual del ejercicio 2024: dígitos 0, 1 y 2 vencen el 23 de abril, dígitos 3, 4 y 5 vencen el 30 de abril y dígitos 6, 7, 8 y 9 vencen el 7 de mayo.
Mediante este servicio se habilita el pago de las facturas emitidas por BPS a través de Internet, pudiéndose abonar las facturas de obligaciones tributarias de Seguridad Social e IRPF, así como también aquellas emitidas por BPS correspondientes a: fondos de la construcción, fondo social gráficos, aportes a cajas de auxilio y seguro convencional, etc.
Mediante este servicio se habilita el ingreso de trámites ante la Asesoría Tributaria y Recaudación - ATYR.
Formulario que permite ingresar el último día trabajado.
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