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En el marco del fomento y promoción del empleo juvenil, se otorga un subsidio a las empresas que contratan trabajadores en diversas modalidades, que se hace efectivo a través de un crédito para el pago de obligaciones a BPS o todo otro organismo recaudador del fondo de reconversión laboral (FRL).
Se presenta, a continuación, un resumen de las diferentes modalidades:
Los jóvenes que hayan participado del programa de empleo juvenil en temporada podrán integrarse a las diferentes modalidades generales, ya que no se considera como impedimento dicha experiencia laboral (Decreto 458/016, de 30/12/2016).
Este valor fue definido en el Decreto 115/015, de 27/4/2015 y se ajusta por el índice medio de salarios.
Descargar: Comunicado 37/2016 Beneficios Empleo Juvenil Nov/2016 (.pdf 356 KB)
Normativa
Ley 19.133 de 20/9/2013
Art. 764 de la Ley 19.355 de 19/12/2015
Decreto 115/015 de 27/4/2015
Ley 19.689 de 29/10/18
Decreto 89/2019 de 29/3/19
Decreto 321/020 de 30/11/2020
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