Reembolso por internación psiquiátrica
El BPS ampara a los trabajadores de la actividad privada que padecen afecciones psíquicas y requieren internación según médico tratante. La prestación consiste en reembolsar al prestador de salud el costo de la internación de sus afiliados en clínicas psiquiátricas, por los períodos posteriores a los primeros 30 días. Para acceder a esta, la persona debe estar amparada al Subsidio por enfermedad por todo el período de internación solicitado.
A quién corresponde
Prestadores de salud.
Plazo
- El plazo habilitado para la presentación de facturas es del 10 de enero al 30 de noviembre de cada año.
- Las solicitudes que incluyan períodos de internación del año anterior deberán presentarse antes del 1.o de marzo del año en curso.
- En particular, los períodos correspondientes a noviembre y diciembre del año anterior deberán ingresarse entre el 10 de enero y el 28 de febrero del año en curso, sin excepciones.
- A partir del 1.o de marzo del año en curso, no se admitirán solicitudes con períodos del año anterior.
- Para la presentación de facturas del año en curso el plazo es de 30 días posteriores al mes de la internación.
El período máximo de este reembolso está asociado a las certificaciones médicas y estas al Subsidio por enfermedad. No serán abonadas las solicitudes que superen el límite de 24 meses de Subsidio por enfermedad en los últimos 4 años.
Requisitos
Para hacer efectivo el pago, el prestador de salud deberá presentar una nota en papel membretado indicando:
- Lugar y fecha.
- Nombre y cédula del beneficiario.
- Período facturado en cada clínica indicando el nombre de esta.
- Costo diario de internación sin IVA.
- Cantidad total de días a facturar.
- Costo total sin IVA.
- Costo total con IVA.
- Firma, aclaración y cargo que ocupa la persona responsable.
Por los primeros 30 días de internación:
- Nota en papel membretado con detalle de fechas de los primeros 30 días, conteniendo firma, aclaración y cargo que ocupa la persona responsable.
- Certificados médicos de ingreso y egreso de la clínica psiquiátrica, con nombre completo y CI del beneficiario, nombre de la clínica, fecha de ingreso o alta, firma, aclaración y nro. de Caja Profesional del médico tratante (deberán estar ingresados en el sistema).
- Facturas de las clínicas psiquiátricas: solo se admitirán facturas individualizadas y nominadas, por lo que se debe emitir una factura mensual por paciente que indique la cantidad de días y el costo diario de internación sin IVA.
- La adenda deberá incluir: datos del paciente, período de internación, tipo y modalidad de internación (24 horas o ambulatoria, con el detalle de las horas, si corresponde).
Por cada período facturado se requiere presentar:
- Certificados médicos de ingreso y egreso de la clínica psiquiátrica con nombre completo y CI del beneficiario, nombre de la clínica, fecha de ingreso o alta, firma, aclaración y nro. de Caja Profesional del médico tratante (deberán estar ingresados en el sistema).
- Facturas de las clínicas psiquiátricas: solo se admitirán facturas individualizadas y nominadas, por lo que se debe emitir una factura mensual por paciente que indique la cantidad de días y el costo diario de internación sin IVA.
- La adenda deberá incluir: datos del paciente, período de internación, tipo y modalidad de internación (24 horas o ambulatoria, con el detalle de las horas, si corresponde).
Modalidad y lugar donde se realiza el trámite
En línea
A través del servicio en línea Reembolso de internaciones psiquiátricas (disponible del 10 de enero al 30 de noviembre).
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