A partir del 1.° de marzo de 2018 en este sitio y por el 0800 5060 las personas pueden consultar si están comprendidas en la Ley 19.590 y, en tal caso, cuándo les corresponderá ser asesoradas.
Las personas con 50 años o más de edad al 1.° de abril de 2016 que hayan quedado obligatoriamente comprendidas en el Régimen Mixto y cuenten con ahorro obligatorio (AFAP), pueden solicitar asesoramiento en los siguientes plazos:
- Desde el 01/04/2018 al 31/03/2019: los afiliados con 56 o más años de edad al 01/04/2016 o que estuvieran percibiendo jubilación por régimen mixto.
- Desde el 01/04/2019 al 31/03/2020: los afiliados que al 01/04/2016 tenían entre 53 y 55 años de edad.
- Desde el 01/04/2020 al 31/03/2021: los afiliados que al 01/04/2016 tenían entre 50 y 52 años de edad.
Cronograma:
- A partir de 1.º de marzo del 2018: está disponible la consulta de si están o no comprendidos, a través del 0800 5060 y en el sitio web.
- Del 1.º de abril del 2018 hasta el 31 de marzo del 2019: quienes estén comprendidos en la primera etapa podrán agendarse para solicitar asesoramiento a través del sitio web o del 0800 5060.
- A partir del 2 de mayo del 2018: comienza el asesoramiento personalizado de las personas agendadas.
El asesoramiento brindará una proyección estimada de la eventual jubilación y renta, a la que podría acceder según la decisión que adopte. Una vez asesorada, la persona dispone de 90 días calendario para tomar la decisión.
Descargar: Ley 19.590 (.pdf 1 MB)
Descargar: Decreto reglamentario Ley 19.590 Cincuentones (.pdf 535 KB)
Descargar: folleto cincuentones (.pdf 154 KB)
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